Las actividades incluid cuyo desarrollo tenga una incidencia medioambiental, en la seguridad de las personas o en la afluencia de público y aquellas incluidas en la LEPAR a las normas que en cada momento resulten de aplicación estarán sometidas a un control periódico realizado por las ECLU en los plazos señalados.
Para ello, los titulares de estas actividades deberán solicitar a EQA las actuaciones correspondientes al control periódico de la actividad cada 7 años a contar desde la fecha de otorgamiento de la licencia urbanística o en su caso, desde la fecha desde el último control:
Actividades con licencia anterior a 1980: El plazo para solicitar el primer control de la actividad será desde el 1 de Abril de 2011 hasta el 31 de Marzo de 2013.
Actividades con licencia entre 1980 y 2010: El plazo para solicitar el primer control será desde el 1 de Abril de 2013 hasta el 31 de Marzo de 2015.
Oficina Centro: Calle Corazón de María, 7 bis. | 28002 Madrid | Ver PlanoOficina Aravaca: Camino de la Zarzuela, 15 | Bloque 2, 1ª Planta | 28023 Madrid | Ver Plano
European Quality Assurance Spain, S.L. Inscrita en el R.M de Madrid. Tomo 11647, libro 0, folio 93, sección 8, hoja M182897, inscripción 1ª. C.I.F B/81584989